TRÁMITES PARA RECLAMACIONES A ADESLAS
1. Un asegurado de Adeslas/Confedetel que está disconforme con la atención médica recibida, copagos, etc. ha de rellenar la Hoja Oficial de Quejas y Reclamaciones que le proporcionará Adeslas o nuestra Asociación (disponible pulsando el botón Modelo Reclamación en esta página).
2. Este modelo, junto con los documentos necesarios que justifiquen la reclamación, será entregado en la delegación de Adeslas que corresponda a su localidad de residencia o provincia con original y copia que le sellarán.
Si por algún motivo el asegurado no puede presentar la reclamación presencialmente en una oficina de Adeslas, tiene las siguientes opciones:
a) A través de la web de Adeslas: https://www.segurcaixaadeslas.es/ayuda/contacto
b) Por teléfono de Adeslas. Llamando al 900 50 50 40 opción 3
c) A través de nuestra Asociación por correo electrónico (acptsevilla@gmail.com), cumplimentando primero obligatoriamente el documento accesible desde el botón modelo reclamación, posteriormente su asociación lo enviará a la Comisión Médica de Confedetel para gestionar ante Adeslas la solución o respuesta a la queja. Una vez recibida esta, se comunicará al asociado por el presente medio.
3. Si pasado un tiempo prudencial desde la reclamación (mínimo un mes), el asegurado no recibe respuesta, y así lo manifiesta a su Asociación, ésta enviará la reclamación y documentos adjuntos escaneados a la Comisión de Adeslas/Confedetel, quién reiterará el asunto directamente con la aseguradora, para obtener su oportuna respuesta la cual será traslada al asociado por correo electrónico desde la Asociación.
4. En aquellos casos que la información complementaria facilitada en el modelo de reclamación por el asociado contenga documentación y datos de salud que nos impiden almacenarla en nuestra sede, la misma se destruirá en la ACPT, ya que la propia Ley de Protección de Datos nos impide conservar este tipo de información en nuestra sede. En caso de que se haya recibido por papel, se devolverá al socio o se destruirá, quedando solo archivado su escrito de Reclamación y la Respuesta de la Aseguradora.
5. Los miembros de la Junta Directiva de la ASOCIACION están obligados al deber de secreto y confidencialidad respecto a cualquier información a la que pudieran tener acceso en el desempeño de sus funciones en estos asuntos, incluso una vez finalizado su cargo.