Acreditación por la TGSS/INSS de los días de cotización a Otras Mutualidades Laborales (NO ITP) anterior al 1-1-1979 para su presentación ante la Agencia Tributaria
ASUNTO: Acreditación por la TGSS/INSS de los días de cotización a Otras Mutualidades Laborales (NO ITP) anterior al 1-1-1979 para su presentación ante la Agencia Tributaria
Conforme a lo acordado en la última reunión de JD de Confedetel del pasado día 3 del presente mes y relacionado con el asunto, se han enviado recientemente sendos escritos, a la Sra. Directora General del INSS Dª Mª C. y D. A. , Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, solicitándoles su ayuda para poder obtener los certificados de haber cotizado a una mutua (distinta a la ITP) antes de 1-1-1979, que nos son requeridos por la Agencia Tributaria al presentar la solicitud por ingresos indebidos cuando se reclaman los derechos que han sido reconocidos por resolución del TEAC 02469/2020 de 1/7/2020 y sentencia del T.S. 255/2023 de 28/2/2023 en el recurso de casación 5335/2021.
Al solicitar el referido certificado se reciben diferentes contestaciones de las distintas delegaciones de la Tesorería General o el INSS, incluso manifestando la imposibilidad de facilitar el documento requerido. La Agencia Tributaria llega a rechazar la vida laboral como documento acreditativo. Copia de los mencionados escritos se le ha hecho llegar al Sr. Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Sr. Escrivá. Tanto en la elaboración de los referidos escritos, como las gestiones previas ante la Administración, ACPT-SEVILLA a través de la Comisión sobre asuntos ITP, ha tenido una participación activa, agradeciendo tanto a estos como a los componentes de Confedetel que han hecho posible el presente trabajo.Una vez recibamos respuesta de las presentes consultas, daremos traslado de las mismas, así como las pautas incluidas en éstas.
Cordiales saludos.
Confedetel ACPT-SEVILLA
NOTA. A modo de ejemplo se acompaña escrito dirigido a la Sra. Dirª Gral del INSS