Seguro Colectivo
8 abril, 2010
Información para todo el que cobre el Seguro Colectivo
Información importante para todo aquel que cobre el Seguro colectivo, antes de firmar el finiquito.
Cobro a los 60 años de la prestación de Supervivencia
Se adjunta un texto que refunde información sobre los documentos de interés para el cobro de la prestación de Supervivencia a los 60 años por los prejubilados y desvinculados del ERE 26/99 no adheridos al Plan de Pensiones. Contiene referencia a los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del ERE 26/99 del 14-9-1999 y 19-10-1999 citados en la sentencia del TSJPV; el acuerdo especial sobre desvinculaciones de 30-11-2000; el modelo que había que rellenar para solicitar el cobro a los 60 años, y referencia a la sentencia del TSJPV.
Seguro colectivo de riesgo
Se ha consultado a Telefónica sobre si es posible seguir en el seguro de riesgo, que tenemos actualmente hasta los 60 ó 61 años, y ha contestado lo siguiente: "Seguro Colectivo. El empleado tiene la opción de contratar un seguro de vida con las mismas coberturas, siempre y cuando lo solicite antes de transcurrido el plazo de 3 meses desde que causó baja en el mismo, la prima anual se satisface al 100% por el Asegurado y Telefónica no tiene ninguna intervención en dichas condiciones."
Sentencias del Tribunal Supremo sobre Seguro de Supervivencia
Sentencias del Tribunal Supremo sobre la consideración fiscal del Seguro de Supervivencia al 02-01-09. Para localizar una sentencia entrar en:www.poderjudicial.es con los siguientes Parámetros de búsqueda Puedes utilizar el enlace directo existente en esta WEB.
Enlaces relacionados:
Nota sobre Seguro de Supervivencia FEB.2004
Nota informativa sobre el Seguro de Supervivencia a efectos fiscales de fecha 11 Febreo 2004.